Editorial Gallbo   |  25 febrero, 2021

Acciones para evitar el rechazo por omisiones o inexactas declaraciones

Marcela Audelo

Muchas veces, hemos escuchado que entre menos información proporciones sobre ti es mejor, pero si pretendes contratar una póliza de seguro, de vida o gastos médicos, tienes la obligación de informar de manera clara y sencilla todo lo que consideres relevante y tengas pleno conocimiento sobre tu vida y salud.

 

Aseguradora y asegurado en igualdad de obligaciones

 

Cuando hablamos de las obligaciones del asegurado, una de las más importantes es la de declarar verazmente sobre cualquier hecho que fuese objeto de evaluación de riesgo, tal como se establece en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley sobre el Contrato de Seguro:

 

"Artículo 8. El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato"

 

"Artículo 9. Si el contrato se celebra por un representante del asegurado, deberá declararse todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante y del representado"

 

"Artículo 10. Cuando se proponga un seguro por cuenta de otro el proponente deberá declarar todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del tercero asegurado o de su intermediario"

 

Por lo que no cumplir con dicha obligación, implicaría una sanción severa, tanto que el artículo 47 de la Ley antes invocada, determina que: “Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro”.

 

Este efecto o consecuencia estriba en que la Ley de la materia busca que ambas partes se ubiquen en un plano de igualdad al momento de celebrar el contrato, por lo que le da la oportunidad al asegurado de actuar de buena fe en sus declaraciones para que la aseguradora, después de evaluarlas decida asumir o no el riesgo, por lo que cualquier omisión o inexacta declaración motivaría a la aseguradora a rescindir el contrato.

 

 

Del rechazo por omisiones o inexactas declaraciones, pues para la existencia y validez de los contratos es necesario el consentimiento y el objeto

 

Ahora bien, el hecho de que haya existido una omisión o inexacta declaración del asegurado al momento de celebrar el contrato, no libera automáticamente a la aseguradora de sus responsabilidades, ¿a qué nos referimos? Que la aseguradora deberá probar lo que invoca.

 

Primero, deberá demostrar que el asegurado ha incurrido en omisiones o inexactas declaraciones.

 

Supongamos que una persona es diabética pero no lo sabe, decide contratar un seguro de salud y por no conocer su padecimiento, no lo declara. Entonces, la aseguradora deberá demostrar que el asegurado no solo padecía la enfermedad antes del contrato, sino que, además, ya sabía que la tenía.

 

Segundo y de acuerdo al artículo 48 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la aseguradora deberá notificar al asegurado de forma auténtica la rescisión del contrato dentro de los treinta días naturales siguientes a que se tenga conocimiento de la omisión o inexacta declaración.

 

Digamos que, el ya asegurado y que es diabético, acude a un chequeo con los médicos de la red de la aseguradora y estos envían un informe en el que exponen que la enfermedad es previa al contrato del seguro, si la compañía no rescinde el contrato o informa sobre la recisión del mismo en el plazo estipulado, esta no podrá oponerse al pago indemnizatorio.

 

Con base en lo anterior, podemos decir entonces que, aun cuando la aseguradora se ampara en la ley, el rechazo de la indemnización por omisiones o inexactas declaraciones puede ser cuestionable y el asegurado puede ejercer sus derechos para exigir el cumplimiento del contrato; para ello, es muy importante acudir con profesionales expertos en la materia de seguros, pues un ejercicio inadecuado de esos derechos puede traer consecuencias desfavorables para el asegurado.

 

No te pierdas nuestras conferencias exclusivas de la aplicación Gallbo Connect, el primer miércoles de cada mes.

 

 

 

¡No olvides compartir!

También te pueden interesar...