Gallbo Reclamación de Seguros

Empresa de textiles gana demanda millonaria contra aseguradora

19 de marzo, 2024 Historias de Éxito
Redacción:
Marcela Audelo

Una de las aseguradoras más importantes del país es condenada a pagar suma millonaria a empresa de textiles por reparación de daños ocasionados por incendio

Un 5 de abril, en la ciudad de Puebla, Puebla, una fábrica dedicada a la maquila y fabricación de materiales textiles se ve afectada a consecuencia de un incendio. Para su buena fortuna, la empresa contaba con una póliza que le permitía amparar los daños ocasionados al edificio y sus contenidos; no obstante, el camino hacia la indemnización no sería fácil ni rápido.

Siguiendo el debido proceso, el asegurado integra la reclamación y al presentarla ante la aseguradora es recibido de manera oportuna por los ajustadores, sin embargo, la compañía decidiría negar la indemnización del siniestro, argumentando que, al haberse realizado una ampliación al edificio por un tercero diverso al asegurado y posterior a la expedición de la póliza, se habría generado una agravación del riesgo.

Como es de esperarse, el asegurado, inconforme con la decisión de la aseguradora, toma la decisión de iniciar un juicio de cumplimiento forzoso de contrato de seguro, el cual se llevó ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa, exigiendo a la compañía aseguradora el pago de las prestaciones por concepto de reconstrucción y reparación de los daños al edificio, los trabajos de demoliciones, desmontajes, retiro, acarreo y tiro de los escombros del edificio afectado y el daño material directo a las existencias (inventarios).

Por su parte, al dar contestación a la demanda interpuesta en su contra, la aseguradora reconoció expresamente la existencia y vigencia del contrato de seguro. Asimismo, expuso, principalmente, las excepciones de ausencia de contrato de seguro, agravación del riesgo causado por el asegurado, así como la culpa grave del asegurado, argumentando que, al momento de la contratación de la póliza, no hubo manifestación alguna por parte del asegurado para realizar trabajos de ampliación o construcción de naves en el inmueble asegurado, por lo que consideró que era suficiente para liberarla de su obligación indemnizatoria a favor del asegurado.

Al analizar la cuestión de la controversia, el juez de primera instancia resolvió que, al existir un nexo contractual que obliga a la aseguradora a cumplir con el pago de las prestaciones demandadas y el asegurado no requería autorización por parte de la aseguradora para realizar trabajos de remodelación o ampliación de las naves o bodegas industriales, la excepción de ausencia de contrato y agravación del riesgo resultaban inoperantes.

Asimismo, consideró que, al no haber sido el asegurado el responsable de realizar las actividades de construcción de la nueva nave, así como de la contratación de la empresa que realizó la ampliación, la excepción de culpa grave resultaba inoperante, pues para que esta se actualizara debió de existir dolo o un acto intencional por parte del asegurado, por lo que, en la especie, el juez consideró que no existió. Además, no quedó acreditado en el juicio que, la empresa que fue contratada por el asegurado para realizar las labores de construcción hubiera actuado con el ánimo de infringir las normas oficiales mexicanas, ya que era evidente que si las inobservaba podía tener sanciones administrativas o algún tipo de acción legal por parte del contratante.

Del mismo modo, otorgó valor probatorio al dictamen rendido por el perito en discordia en materia de contabilidad, pues al aportar elementos objetivos que dieron certeza, generó mayor convicción para asumir las cantidades a las cuales fue condenada la compañía aseguradora.

Sin embargo, la aseguradora no solo optó por evadir responsabilidades eludiendo el pago al que había sido condenada en primera instancia, sino que, inconforme con la sentencia, la compañía aseguradora y sus abogados, interpusieron un recurso de apelación, en marzo de 2021.

Pero para infortunio de la aseguradora y aun cuando emitió un rechazo, el asegurado logró acreditar la existencia y vigencia de la póliza de seguro, así como la ocurrencia del siniestro y la procedencia de la indemnización de los daños al inmueble y contenidos asegurados.

Finalmente, después de 13 años de ocurridos los hechos y habiéndose agotado todas las instancias, e incluso, diversos recursos, la autoridad judicial condenó a la compañía aseguradora al pago de los daños que fueron ocasionados por el incendio.

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