Editorial Gallbo   |  20 noviembre, 2020

Tips para cobrar un Seguro de Vida

Marcela Audelo

 

Hay eventos que resultan inevitables y uno de ellos es la muerte, pero cuando se trata del fallecimiento de alguien cercano a nosotros, puede ser duro y difícil asimilar la pérdida, pero es necesario aclarar la mente para proceder con los trámites legales relacionados con dicho fallecimiento, y en este asunto en particular, el cobro del Seguro de Vida.

 

Si has contratado un seguro de vida y ya has informado a tu familia sobre la existencia del mismo, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomienda tener en orden los principales documentos que podría solicitar la aseguradora para reclamar el resarcimiento en caso de muerte, esto ayudará a que tus beneficiarios cobren la suma sin tanta dificultad.

 

Si soy beneficiario, ¿cuál es el procedimiento a seguir para cobrar un Seguro de Vida?

 

Las compañías de seguros no siempre siguen los mismos procedimientos cuando de cobrar un seguro se trata, pero de forma generalizada, en la reclamación de un seguro de vida, el proceso se lleva a cabo de la siguiente manera:

 

- Lo primero es corroborar que seas el beneficiario vigente, puedes acudir a la compañía donde se contrató el seguro, o a la Condusef para que te ayuden con esta información.

 

- Concentra toda la documentación. Esto es lo que generalmente debes presentar ante la aseguradora:

 

  • Acta de defunción
  • Solicitud de reclamación por parte de los beneficiarios
  • Acta de nacimiento del asegurado
  • Identificación oficial
  • Acta de nacimiento de los beneficiarios
  • Identificación de los beneficiarios
  • Acta de matrimonio (en caso de que el beneficiario sea el cónyuge)
  • Póliza

 

- Si deseas que el pago se realice a una cuenta bancaria, verifica que esté vigente y que todos los datos sean correctos.

 

- Acude a la sucursal o centro de servicio de la compañía de seguros con toda la documentación para dar inicio al trámite de reclamo de seguro.

 

- Una vez notificada y teniendo todos los documentos necesarios, la aseguradora corroborará y determinará las circunstancias del fallecimiento. A partir de ese momento, la compañía realizará la indemnización en un lapso de 30 días naturales, aproximadamente. Verifica si la póliza cuenta con la opción de pago por adelantado para gastos funerarios.

 

Te recomendamos que, al entregar los documentos e informes, obtengas un acuse de recibo y el folio de ingreso o número de siniestro para que puedas tener evidencia y darle seguimiento.

 

 

Consideraciones a tomar antes de hacer la reclamación del seguro

 

  • Si el asegurado fallece a consecuencia de una enfermedad terminal que no haya sido informada al solicitarle el seguro, el pago de la indemnización podrá ser rechazado.

 

  • Si se trató de suicidio y ocurrió antes de los dos años de vigencia de la póliza, la aseguradora podrá liberarse de la obligación de pago, siempre y cuando acredite plenamente que la causa de fallecimiento sí fue por suicidio, sin que el asegurado deba acreditar que hubiere sido por diferente causa.

 

  • De acuerdo con el artículo 167 de la Ley Sobre el Impuesto de la Renta, si el beneficiario es familiar del asegurado, ya sea ascendientes o descendientes en línea recta (padres e hijos), cónyuge o vivía en concubinato al momento del fallecimiento, no pagará impuestos; pero si no hay parentesco, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hará una retención del 20 % de la suma asegurada, sin deducción alguna.

 

Se destaca que, como beneficiario, puedes realizar estas gestiones sin pagar absolutamente nada, pues es un trámite gratuito al que tienes derecho.

 

En conclusión, contratar este tipo de seguro es estar prevenido contra las circunstancias que deriven de algún incidente que ponga en riesgo la estabilidad económica de cualquier familia. En caso de que la aseguradora rechace el siniestro bajo cualquier argumento, tienes derecho a pedir una segunda opinión y tomar decisiones informadas, para ejercitar tus derechos ante las unidades especializadas de atención de usuarios, Condusef o Tribunales Judiciales.

 

Te recomendamos no correr ningún riesgo y te invitamos a conocer el servicio de Reclamación de Siniestros, que Gallbo Global Insurance Claimers tiene para ti.

 

 

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